martes, 8 de julio de 2008

ANÁLISIS JURÍDICO LEY DE MATRIMONIO CIVIL

Análisis Ley de Matrimonio Civil Chilena

(N°19.947 de 17.05.04).
Documento preparado para el Producto Esperado del curso de Construcción del Conocimiento II relacionado con la temática del divorcio.

Aspectos Generales.

La Ley declara expresamente que ante cualquier situación de conflicto (como el divorcio) se debe resolver conforme a una adecuada protección de los intereses involucrados de los niños o el cónyuge más débil. Sosteniendo este método de proceder de carácter absoluto:

“Artículo 3º.- Las materias de familia reguladas por esta ley deberán ser resueltas cuidando proteger siempre el interés superior de los hijos y del cónyuge más débil.”

“Artículo 85.-La tramitación de la separación judicial, de la nulidad de matrimonio y del divorcio se regirá por lo dispuesto en este Capítulo y en las demás leyes que resulten aplicables, del modo que parezca más conforme con la paz y la concordia entre los miembros de la familia afectada. Cuando existieren menores de edad comprometidos, el juez deberá considerar especialmente el interés superior del niño, y oirá a aquél que esté en condiciones de formarse un juicio propio, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez, al resolver todos los asuntos relacionados con su persona o sus bienes. El juez, en cualquier momento, podrá adoptar de oficio las medidas que crea convenientes para el cumplimiento de lo anterior, así como para solucionar de la mejor manera posible las rupturas o conflictos matrimoniales.”

La normativa exige al juez que conozca del asunto incitar una conciliación de los cónyuges; según lo dispuesto por el inciso segundo del mismo artículo:

“Conociendo de estas materias, el juez procurará preservar y recomponer la vida en común en la unión matrimonial válidamente contraída, cuando ésta se vea amenazada, dificultada o quebrantada.”

De este mismo modo se le ordena que una vez que la recomposición de la unión matrimonial le sea imposible; asegurar los derechos y deberes que surjan de la nueva relación familiar:

“Asimismo, el juez resolverá las cuestiones atinentes a la nulidad, la separación o el divorcio, conciliándolas con los derechos y deberes provenientes de las relaciones de filiación y con la subsistencia de una vida familiar compatible con la ruptura o la vida separada de los cónyuges.”

Referente al Divorcio.

El Capítulo IV de esta norma legal refiere en torno a la terminación del Matrimonio, es decir, el término de este contrato. La ley señala expresamente cuatro causales:
“Artículo 42.- El matrimonio termina:

1º Por la muerte de uno de los cónyuges;
2º Por la muerte presunta, cumplidos que sean los plazos señalados en el
artículo siguiente;
3º Por sentencia firme de nulidad, y
4º Por sentencia firme de divorcio.”

De esta forma, la actual Ley de Matrimonio Civil incluye la tan esperada y reclamada por muchos; opción del divorcio.

Principalmente para entablar el divorcio existen dos causales genéricas:
-Falta imputable de uno de los cónyuges que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común.
-Un año del cese de la convivencia conyugal.
En relación a la primera causa recién mencionada, la ley, expone un catálogo de de situaciones hipotéticas ante las cuales procede la causal primera lo que no significa que este listado sea restrictivo:


“1º.- Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de alguno de los hijos;


2º.- Trasgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad propios del matrimonio. El abandono continuo o reiterado del hogar común, es una forma de trasgresión grave de los deberes del matrimonio;


3º.- Condena ejecutoriada por la comisión de alguno de los crímenes o simples delitos contra el orden de las familias y contra la moralidad pública, o contra las personas, previstos en el Libro II, Títulos VII y VIII, del Código Penal, que involucre una grave ruptura de la armonía conyugal;


4º.- Conducta homosexual;


5º.- Alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos, y


6º.- Tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.”

Ahora bien, respecto a la segunda causal el divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo y acreditan que ha cesado su convivencia durante un lapso mayor de un año. En este caso, los cónyuges deberán acompañar un acuerdo que, ajustándose a la ley, regule en forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos. El acuerdo será completo si regula todas y cada una de las materias indicadas en el artículo 21.

La acción del divorcio es exclusiva de los cónyuges aunque en el primer caso recién descrito corresponde al cónyuge afectado de la falta imputable.

El divorcio comienza a producir efecto inter- partes una vez que se declare la respectiva sentencia ejecutoriada. Sin embargo, esta sentencia declarativa es inoponible respecto de terceros mientras no se proceda a la respectiva inscripción al margen de la inscripción matrimonial, sólo con este requisito adquiere eficacia erga omnes.

El divorcio pone fin a las obligaciones y derechos de carácter patrimonial cuya titularidad y ejercicio se funda en la existencia del matrimonio, como los derechos sucesorios recíprocos y el derecho de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en relación a la compensación económica en beneficio de uno de los cónyuges.

Esta compensación económica se refiere única y exclusivamente a la situación hipotetizada por la ley:

“Artículo 61.- Si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa.”

jueves, 3 de julio de 2008

¿Qué puedo hacer si no quiero divorciarme?

"Una alternativa distinta al Divorcio".


El Capítulo III de la ley trata sobre la separación de los cónyuges, lo cual no significa la disolución absoluta del contrato de Matrimonio sino que se alteran las condiciones de las partes, (marido y mujer), otorgando la probabilidad de volver a validar por completo este contrato. Los cónyuges modifican su estado civil de casados a separados lo cual no los faculta para volver a casarse.
La separación es clasificable en “separación de hecho” y “separación judicial” según la forma de proceder. En el primer caso la separación se trata dentro del ámbito extrajudicial y en el segundo en el judicial.

En ambos casos se deben regular aspectos mínimos como los contemplados en el artículo 21° que son:
- regular sus relaciones mutuas, especialmente los alimentos que se deban, y
- las materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio.

En todo caso, si hubiere hijos, dicho acuerdo deberá regular también, a lo
menos:
- el régimen aplicable a los alimentos,
- al cuidado personal y
- a la relación directa y regular que mantendrá con los hijos aquél de los padres que no los tuviere bajo su cuidado.

Por otra parte en ambos casos la separación da término a la sociedad conyugal o al régimen de participación en los gananciales; no se altera el orden de sucesión ni la filiación. Además ante la existencia del hijo concebido no goza la presunción de paternidad.

Para otorgar “fecha cierta” a la separación judicial se debe cumplir con la sentencia ejecutoriada y con ésta se puede proceder a la respectiva inscripción al margen de la inscripción matrimonial. En el caso de la separación de hecho también debe proceder la respectiva inscripción recién mencionada.

Por lo tanto, la alternativa de separación del matrimonio es ideal para aquellos cónyuges que desean un distanciamiento de ambos con efectos legales más la garantía de asegurar “otra oportunidad” para la pareja pudiendo reanudar la vida en común volviendo al estado inicial de las partes, (en relación a la ley), antes de comenzar con la separación, es decir, recuperan el estado de casados aunque no la efectividad absoluta del contrato en caso de que éste contemplaba la sociedad conyugal la cual es irrecuperable; sólo es podrá revalidar la partición en los gananciales en conformidad a lo dispuesto por el artículo 1723 del CC.

jueves, 19 de junio de 2008

¿QUÉ ES EL CONOCIMIENTO?

Es una capacidad humana que carece de valor si permanece estático. El conocimiento se genera mediante el uso de la capacidad de razonamiento o inferencia, tiene una estructura y es elaborado, puede ser explícito o tácito.

Más sobre el tema

El Divorcio: ¿Es determinante en el correcto desarrollo de los hijos? HIPÓTESIS: La separación de los padres afecta el desarrollo de los hijios

Generalmente, el término de las relaciones matrimoniales implica en los hijos sentimientos de culpa y resentimiento, es decir, se atribuyen a ellos la responsabilidad de la separación de sus padres, motivo que lleva a desencadenar diferentes factores que le afectará en su vida presente y futura, tales como ansiedad, pérdida de satisfacción, pérdida de seguridad personal, estrés, rechazo y miedo a no ser querido.

La ruptura familiar, que incluye tanto la separación como el divorcio entre los padres, se considera habitualmente como un importante acontecimiento estresante. Por lo general, en el periodo anterior a la ruptura de una pareja la convivencia presenta tal nivel de estrés que la separación se contempla como la solución a una situación que suele describirse como insostenible. Sin embargo, el periodo inmediatamente después de la separación viene acompañado de toda una serie de cambios económicos, sociales, personales y familiares, los cuales desencadenan en los hijos situaciones de estrés que conllevan a un nivel de vida infantil o juvenil deficiente en cuanto a sus relaciones interpersonales con su entorno social, y dentro del mismo núcleo familiar, puesto que la unidad familiar actúa de soporte y protección para los niños, por lo que la ruptura de esta estructura desencadena un período de desorganización y cambios en la vida del infante. De hecho, muchos niños que con posterioridad admiten que el divorcio ha sido la mejor solución para la familia, en un primer momento no han aprobado la separación y estaban decididamente en contra de ella. No es extraño pues que tanto adultos como niños presenten altos niveles de ansiedad tras la ruptura de la familia. (Pons-Salvador, G. del Barrio, Victoria. 1995)

Por otra parte, a medida que crece, el niño va conociendo un nuevo aspecto del adulto: el que dicta exigencias y prohibiciones e incluso castiga. La desaprobación y la reprimenda significan para el niño una perdida de valor, una disminución de afecto que debe evitar a toda costa para conservarse seguro. El niño depende de los demás para su propia valoración; se forja una imagen de sí mismo según la que de él le presentan los adultos: si son amables, será porque él lo es. Si se muestran fríos o brutales, será porque es malo y sin valor. Ha podido demostrarse que las actitudes aprendidas a través de las reacciones de los padres son fundamentales para la posición adoptada por el niño respecto de sí mismo. (Osterrieth, P. 1974).

Los estudios realizados con muestras clínicas consideran que los niveles altos de ansiedad son una reacción habitual de los hijos ante la ruptura familiar (Wallerstein & Nelly, 1980) observaron que las variables que se relacionan con la manifestación de ansiedad de estos niños son: los sentimientos de responsabilidad por la ruptura, el conflicto de lealtad debida a cada uno de los padres, la preocupación ante el rechazo de los padres, el miedo al abandono y el miedo a la posibilidad de no ser querido. Asimismo investigaciones realizadas con muestras no clínicas obtienen resultados semejantes. Estas investigaciones concluyen que los hijos de padres separados presentan niveles más altos de ansiedad que sus compañeros pertenecientes a familias intactas. Sin embargo, otros estudios que también utilizan muestras no clínicas, no encuentran diferencias entre los niños de padres divorciados y los de familias intactas en relación a la ansiedad (Felner, Ginter, Boike & Cowen, 1981; Cowen, Pedro-Carroll & Alpert-Gillis, 1990; Thomas y Forehand, 1993). Estas discrepancias en la literatura, presentes incluso en distintos trabajos realizados por los mismos investigadores, dependen fundamentalmente de circunstancias como la edad de los niños, el tiempo transcurrido desde la separación, el nivel de conflicto entre los padres etc., que están modulando la aparición de respuesta ansiógena de los hijos. (Pons-Salvador, G. del Barrio, Victoria. 1995)

El divorcio es traumático para todos. La disolución de un matrimonio suscita poderosas emociones de odio, ira, amarga decepción, fracaso y desconfianza en si mismos en ambos cónyuges. Los niños reaccionan a la ruptura del matrimonio de sus padres con mayor severidad aún que a la muerte de uno de ellos, como lo demuestra el hecho de que hay mayor probabilidad de que los niños de hogares rotos por la discordancia se involucren en dificultades, en comparación con los niños de hogares rotos por muerte (Rutter, 1979).

Ackerman (1962), observa que el adolescente representa irracionalmente “entre sus relaciones extrafamiliares los conflictos y ansiedades de su familia, en particular los desequilibrios existentes en las relaciones de su padre y madre.


Efectos del divorcio en las áreas emocionales de los hijos:

Algunos profesionales que trabajan con niños utilizan un diagrama para ayudar a entender hasta qué punto el dolor puede afectar a un niño. Son las necesidades básicas de todo el ser humano y lo han titulado Las nueve áreas esenciales de la vida. Ellas son:
1. Una relación significativa: necesita un papá y una mamá.
2. Una función significativa: ser hijo de ambos.
3. Una fuente de gozo: salidas, eventos, etc., en familia.
4. Un lugar: la casa donde vive.
5. Un grupo: amiguitos, compañeros del colegio, club, iglesia, etc.
6. Estabilidad económica: padres que proveen a sus necesidades.
7. Información: respuesta a sus preguntas y curiosidad.
8. Salud: ser cuidado y atendido.
9. Raíces: la familia extendida, abuelos, tíos, primos.

HIPÓTESIS: La separación de los padres no afecta al desarrollo de los niños:

El divorcio no es un acontecimiento simple en la vida de los padres y lo(s) hijo(s) Es una transición que conduce a una variedad de nuevos acuerdos para vivir acompañado por cambios de vivienda, ingresos, y de roles y responsabilidades familiares. Entre los factores que marcan diferencias están el bienestar Psicológico del padre con custodia, las características del niño, y el apoyo social de la familia y de la comunidad (Berk, L., 1999) Respecto a estos factores relacionados a la adaptación de los niños al divorcio, la salud Psicológica del padre con custodia, si es maduro, ajustado es más capaz de manejar el estrés, proteger al niño de conflictos y participar en la paternidad democrática (Berk, L., 1999). Lo que esto hará que los cambios que trae la separación no afecten mayormente en el desarrollo del niño en espacio seguro, amor, atención, sino que en muchos casos la calidad del cuidado del niño sea mejor, ya que los padres que prestan poca atención cuando su matrimonio estaba intacto, proporcionan más cuidado y atención, utilizando de forma máxima el tiempo que pasan con ellos y de igual forma los niños que sentían anteriormente ese alejamiento durante el matrimonio se sienten más seguros(Rice, P., 2000). En la etapa de desarrollo de la adolescencia en experimentos se observo que los factores que asociaron con más fuerza a un buen ajuste presentaron: una estrecha relación con el padre con el que convivían, estando este último implicado en el control y la toma de decisiones con respecto a la vida del joven, y no sentirse atrapado en medio del conflicto de los padres(Rice, P., 2000) Respecto al adolescente atrapado en medio, se puede observar que los niños y adolescentes relacionan su situación con un alto conflicto y hostilidad entre sus padres, produciéndoles la sensación de estar atrapados entre el conflicto de sus padres que aún no se separan, por ejemplo: Un padre protestaba, porque su mujer se había divorciado de él, pero el padre y su hijo mayor habían tenido peleas verbales y físicas durante años. El chico odiaba a su padre y se sintió aliviado cuando su madre decidió divorciarse (Rice, P., 2000) La tendencia de los padres cuando están más molestos, más influyen en el estado anímico de sus hijos. Algunos padres se sienten realmente aliviados por el divorcio y esto tiene un efecto positivo sobre los niños y adolescentes, por lo que se puede mejorar el clima en la familia y liberara a los niños y adolescentes de interacciones negativas (Rice, P., 2000). Por lo tanto es también importante la forma en que se lleva a cabo el divorcio, la forma errónea es el enfoque contrario, enfoque legal cada parte levanta cargos contra la otra, en un intento de probar la culpabilidad del otro como la causa del divorcio, ejemplo: abuso, adulterio, falta de apoyo. La forma correcta es el divorcio sin culpable, evita la culpa de quien es el responsable de la ruptura matrimonial, sin acceder a un juzgado. Es amistoso ya que no hay ira y conflicto (Rice, P. ,2000).

En cuanto a las características de los niños; al momento de la separación los niños que afrontan el estrés del divorcio muestran que gracias a la capacidad intelectual para resolver problemas (CI, alto) además de buenas relaciones, un temperamento que no es difícil y vínculos sociales al menos con un padre o cuidador que le brinde a poyo funcionan bien a pesar de los desafíos o las amenazas y se recuperar de los eventos traumáticos, a estos niños se les conoce como infantes resistentes. Los cuales no son niños con cualidades extraordinarias sino que han logrado aferrarse, a pesar de circunstancias adversas promovido por un desarrollo positivo. Poseen 2 factores protectores relación familiar saludable y un buen funcionamiento cognitivo, lo que formularia la creencia que las experiencias negativas en la niñez no necesariamente determinan el resultado en la vida de una persona y que muchos niños tiene la fuerza para superara las circunstancia más difíciles (Papalia, D.,Wendkos, S. & Duskin, R., 2005)Otro factor importante a considerar en la ayuda positiva al desarrollo es por el recibimiento de un padrastro o madrastra, que por lo general, el divorcio no desilusiona a quienes ya estuvieron casados. Por lo que, el grado de felicidad es más o menos el mismo para las personas en su segundo matrimonio que para quienes son casados por primera vez sin embargo, quienes se han divorciado y vuelto a casar afirman ser más felices en el segundo enlace que en el anterior, lo que llevaría a dar un mejor clima en el desarrollo del niño (Lefrancois, G., 2001)

En cuanto al aspecto social, en un contexto extrafamiliar de vínculos con adultos pro-sociales fuera de la familia, conexiones con organizaciones pro-sociales y asistencia a escuelas eficaces, brindarán apoyo o experiencia de éxito en los estudios, deportes, música o con otros niños o adultos ayuda a compensar las malas relaciones vividas al inicio de la vida (Papalia, D.,Wendkos, S. & Duskin, R., 2005) Videon (2002) a concluido que la separación de los padres afecta a los niños y jóvenes de manera diversa en cada caso, ya que la relación de los jóvenes con sus padres antes de la disolución del matrimonio es un factor que modera los efectos de la separación en estos y determina las posibilidades de que cometan actos delincuenciales en el futuro(Pardo, G., Sandoval, A. & Umbarila, D., 2004)

Aqui para más información y referencias.

8 costos sociales del divorcio: a la sociedad le conviene evitarlos

1. El divorcio de los padres aumenta la tasa de delincuencia en los hijos

2. Los hijos que no viven con ambos padres juntos, delinquen con crímenes más graves.

3. Los adolescentes que no viven con ambos padres juntos tienen más riesgo de alcoholismo y drogas


4. Riesgo de que un progenitor abuse de sus hijas: los padrastros lo multiplican por seis.

5. Es 70 veces más probable que a un bebé le asesine su padrastro, que no su padre biológico

6. Más sexo precoz y más hijos fuera del matrimonio en hijos de divorciados

7. Los divorciados aumentan su riesgo de enfermedad mental, suicidio y accidente mortal

8. El divorcio engendra pobreza, y además la feminiza.

Análisis de país: PARAGUAY

Mapa de la República de Paraguay

País (nombre oficial):
República de Paraguay
Capital: Asunción
Superficie:
406.750 km2 (casi la superficie de California)
Población:
5.734.139 (est. julio 2001)
Población estimada en el año 2050:
14.635.743
Lenguas:
Español (lengua oficial), Guaraní (lengua oficial)
Alfabetismo:
92,1% total; 93,5% hombres; 90,6% mujeres (est. 1995)
Religiones:
Católicos 90%, Menonitas y otros Protestantes
Expectativa de vida:
Hombres: 71,44 años; mujeres: 76,52 años (est. 2001)
Gobierno:
República constitucional
Moneda:
1 Guaraní (G) = 100 centimos
Producto nacional bruto (per cápita): $4.750 (est. 2000)
Industria:
Azúcar, cemento, telas y tejidos, bebidas, productos de madera
Agricultura:
Algodón, caña de azúcar, haba de soya, maíz, trigo, tabaco, mandioca (tapioca), frutas, verduras, carne de res, carne de cerdo, huevos, leche, madera para construcción.
Tierras de Labrantío:
6%
Minerales y Recursos: Fuerza hidroeléctrica, recursos forestales, mineral de hierro, manganeso, piedra calíza.